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VENTAJAS DEL ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA
Para el inquilino-futuro comprador:
La principal ventaja reside en que del precio total de la vivienda se descontará la cantidad que el inquilino haya ido pagando durante el periodo en que vivió en régimen de alquiler.
- No se pierde el dinero abonado para el alquiler, sino que forma parte del precio final de la vivienda.
- Vives en tu casa mientras ahorras para comprarla.
- Tú decides cuando adquieres la propiedad.
- Ayuda al inquilino que se termine de asentar en el terreno laboral. Por tanto aportando más tranquilidad que si se tratara de una compra convencional.
- Hasta que finalmente no compres la vivienda ( normalmente tres años ), no tienes que pagar los intereses que pagarías si ya tuvieras una hipoteca.
- Más facilidad para la hipoteca, ya que se habrían entregado unas cantidades a cuenta.
- Le permite vivir en la propiedad antes de adquirirla y ver si se adapta a sus necesidades.
QUÉ ES EL ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA
El Alquiler con Opción a Compra es un acuerdo o contrato entre un inquilino y un propietario donde el inquilino tiene derecho a poder comprar el piso o casa después de haber vivido en ella en régimen de alquiler durante un periodo de tiempo variable previamente acordado (lo habitual es que dure entre 2 y 5 años). En el caso de que se ejecute la opción o el derecho a compra, lo pagado será deducido del precio de venta.
La principal característica de esta modalidad estriba en que los pagos que se van realizando durante la vida del contrato de arrendamiento no van a un saco roto.
Cuando transcurra este periodo y el arrendamiento finalice, estas cantidades se descontarán en el precio final de la vivienda que el inquilino tendrá que abonar.
Por tanto, el inquilino no pierde el dinero invertido durante el arrendamiento, sino que forma parte del precio final del inmueble.
Este tipo de financiación mixta permite a los jóvenes acceder a una vivienda, ya que da una tregua al inquilino y le exime de asumir el pago de una hipoteca durante un plazo de tiempo.
El periodo de tiempo de este alquiler es variable y depende de las condiciones del contrato, aunque lo habitual es que dure entre 3 y 5 años.
La estructura y elementos de un contrato de alquiler con opción a compra es similar a la que podemos encontrar en otros modelos de contrato.
En líneas generales estas partes se podrían resumir en los siguientes puntos.
• Las partes. Se identifican los datos personales de las partes que suscriben el contrato: el arrendador y el arrendatario.
• Manifiesto. En este punto, el arrendador declara que es propietario de una vivienda, adquirida según escritura de compraventa y el arrendatario manifiesta su deseo de recibir esa propiedad.
• Cláusulas. En esta parte del contrato se describen las condiciones que lo regirán, concernientes a plazos, cantidades, situación del mobiliario, etc.
Veamos las principales cláusulas que debe contener un contrato de alquiler con opción a compra:
1. Se detalla que la vivienda está libre de cargas y ocupantes.
2. Finalidad de la residencia. Se describe el uso que hará el arrendatario de la vivienda.
3. Duración del contrato.
4. Situación del mobiliario. Se describen las condiciones en las que debe devolver el mobiliario el arrendatario.
5. Precio del alquiler. Se detallan las cuotas mensuales, la forma de pago y el vencimiento de las mismas. Además, se debe especificar la cantidad entregada al arrendador en concepto de pago por adelantado y la cantidad en concepto de fianza.
6. Gastos de agua, gas o electricidad. Se menciona a quién corresponde el pago de estos gastos.
7. Posibles reparaciones. En algunos contratos de alquiler se especifica cuál de las partes está obligada a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda. Esta obligación suele recaer sobre el arrendador.
En este apartado es importante detallar que las reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cuenta del arrendatario.
8. Derechos de cesión o subarrendo. Lo habitual es que una vivienda alquilada no se pueda volver a alquilar a terceros, pero este aspecto debe aparecer en el contrato. Además, una posible cesión o subarrendo del inmueble total o parcialmente puede dar lugar a la resolución del mismo.
9. Juzgados y Tribunales. Se detalla a qué juzgados o tribunales corresponde la resolución de posibles litigios.
10. Opción de Compra. Se describen las condiciones que marcarán la futura compraventa:
a. El precio de venta de la vivienda y el descuento de las mensualidades de renta.
b. Manifiesto de que el inmueble está libre de cargas.
c. Declaración de que el inmueble se transmitirá libre de arrendatarios, ocupantes y precaristas.
d. Fecha para elevar a escritura pública el contrato de compraventa.
e. Gastos e impuestos a quién corresponda.
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